27, 03, 2023
CAMBIOS EN JUSTICIA


¿Qué es prevaricar?


Anuncios

La real academia española de la lengua dice:

Delito consistente en que una autoridad, un juez o un funcionario dicte a sabiendas una resolución injusta

El articulo 404 del código penal indica:

A la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a quince años.

El artículo 406 del código penal indica:

Anuncios

El juez o magistrado que, a sabiendas, dictare sentencia o resolución injusta será castigado: 1.º Con la pena de prisión de uno a cuatro años si se trata de sentencia injusta contra el reo en causa criminal por delito grave o menos grave y la sentencia no hubiera llegado a ejecutarse, y con la misma pena en su mitad superior y multa de doce a veinticuatro meses si se ha ejecutado. En ambos casos se impondrá, además, la pena de inhabilitación absoluta por tiempo de diez a veinte años. 2.º Con la pena de multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis a diez años, si se tratara de una sentencia injusta contra el reo dictada en proceso por delito leve. 3.º Con la pena de multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de diez a veinte años, cuando dictara cualquier otra sentencia o resolución injustas.

¿CUAL ES EL PROBLEMA DE LA PREVARICACIÓN?

A parte del propio delito en si mismo, el gran problema es quién decide quién ha prevaricado y quién no.

Imagínate un partido de fútbol, hay un claro penalti, el defensa ha dado un puñetazo al delantero y le ha dejado sin dientes.

Pero en este caso el arbitro es un compañero del mismo equipo, ¿Qué pitara?

Posiblemente que es un lance del juego que no merece sanción.

En la justicia tenemos a los jueces que hacen las vistas, los juicios. Después los Jueces que no ves cuando recurres: Audiencia Provincial y si la ley lo permite puedes llegar al TRIBUNAL SUPREMO o incluso al CONSTITUCIONAL. A los manda más de la organización, que tampoco puedes ver.

Suponte que ese primer juez muestra un partidismo total por el equipo contrario, todo el mundo lo sabe y tampoco le preocupa mucho no demostrarlo.

El abogado de la parte contraria, tras recibir sentencia, acude a la audiencia provincial (previo cobro). Pero la AP está constituida también por árbitros de la misma organización.

Hay suerte, la parte perdedora tiene dinero para seguir recurriendo y decide llegar al SUPREMO incluso al CONSTITUCIONAL.

Tras varios años de espera y mucho dinero en el camino posiblemente consiga algo más de imparcialidad, el compañerismo a este nivel tiene más cortafuegos, pero claro, LOS PADRES DE TODOS LOS JUECES no ven con buenos ojos afear a sus hijos pequeños.

¿Quién se puede permitir llegar al Supremo? ¿La justicia es para ricos?

Resumiendo, cuando todos pertenecen a la misma familia resulta difícil ir contra ella.

Evidentemente la familia se ha preocupado de que haya muchas salidas decorosas para que sus miembros salgan airosos de la prevaricación:

  • Es interpretativo
  • Un error judicial, ha sido sin querer, no es prevaricación
  • Encontrar un abogado que se atreva a ir a por un Juez
  • Dilaciones
  • Dinero para recurrir
  • Procedimientos arcaicos
  • Fianzas

¿Hay soluciones para evitar esto? Sí, desde luego. ¿Pero crees que la familia está por la labor de condenar a sus miembros?

Por cierto, la musa para la creación de esta web han sido los JUZGADOS DE MÓSTOLES – MADRID. No te olvides de dejar tu opinión de la justicia.

Aviso: Todo lo expresado aquí no es más que una opinión, entiendo que basada en la libertad de expresión. En ningún momento se centra en una persona o hecho concreto.

Anuncios